Seguro obligatorio del patinete: desde cuándo y multas

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El seguro obligatorio del patinete eléctrico ya es una realidad en España. La Ley 5/2025, de 24 de julio, obliga a asegurar todos los vehículos de movilidad personal, y la obligación está en vigor desde el 2 de enero de 2026. Para contratarlo, antes hay que inscribir el patinete en el registro de la DGT. Si aún no sabes si tu modelo está certificado, compruébalo en nuestro buscador.

Qué ley lo exige

La Ley 5/2025 modificó la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Su disposición adicional primera introdujo la obligación de asegurar todos los VMP, más conocidos como patinetes eléctricos.

La DGT explica que la obligación entró en vigor el 2 de enero de 2026, pero quedó pendiente de que se pusiera en marcha el registro. Ese registro llegó con el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero.

Por qué primero hay que registrarlo

El seguro se asocia a un patinete concreto. Para identificarlo, la DGT creó el Registro de vehículos personales ligeros. La DGT indica que la inscripción es requisito indispensable para obtener el seguro obligatorio.

El orden es:

  1. Inscribir el patinete en la sede electrónica de la DGT.
  2. Descargar el certificado de inscripción.
  3. Con ese certificado, contratar el seguro.

Te lo explicamos paso a paso en cómo registrar el patinete en la DGT. La DGT también prevé que la inscripción se pueda hacer a través de agentes de seguros al contratar la póliza.

Qué multas hay

Según la DGT, que cita la ley sobre responsabilidad civil y seguro:

InfracciónMulta
Carecer de seguroDe 202 a 610 euros
Circular sin seguroDe 250 a 800 euros

La cuantía depende de si la ley considera el patinete un vehículo personal ligero o un vehículo a motor. La DGT lo concreta así: se considera vehículo a motor si pesa más de 25 kilos y supera los 14 km/h.

Qué pasa si tienes un accidente

El seguro obligatorio existe para que los daños que puedas causar a otras personas queden cubiertos. Sin seguro, además de la multa, tendrías que responder tú de esos daños. Por eso conviene contratarlo justo después de inscribir el patinete y llevar siempre a mano los datos de la póliza. Si tienes un percance, intercambia datos con la otra parte, como harías con un coche.

Quién tiene que asegurar

Todos los propietarios de patinetes, o sus tutores legales si son menores. Da igual que el patinete esté certificado o no: mientras pueda circular, debe estar asegurado.

Los patinetes sin certificado pueden circular hasta el 22 de enero de 2027. Si el tuyo está en ese caso, quizá no compense contratar un seguro para pocos meses. Lo analizamos en qué pasa el 22 de enero de 2027.

Qué mirar al contratar

No comparamos pólizas ni precios, pero sí te sugerimos qué preguntar:

Compara al menos dos o tres ofertas y lee las condiciones antes de firmar, sobre todo las exclusiones. Si tienes dudas sobre qué te conviene, consulta con un mediador de seguros.

El seguro no sustituye al resto de normas

Tener seguro no te exime de las demás obligaciones. Desde el 1 de octubre de 2026, el casco es obligatorio en patinete y la edad mínima es de 15 años. Te lo resumimos en las normas del patinete eléctrico en 2026.

Si vas a comprar un patinete

Elige un modelo certificado: tendrás una placa de marcaje con número de certificado, la inscripción será más sencilla y podrás circular después de enero de 2027. Para empezar, consulta los modelos de Segway-Ninebot o de Xiaomi con certificado DGT.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el seguro del patinete eléctrico?

Sí. La Ley 5/2025 obliga a asegurar todos los VMP. La obligación está en vigor desde el 2 de enero de 2026.

¿Qué necesito para contratarlo?

Primero, inscribir el patinete en el Registro de vehículos personales ligeros de la DGT. Con el certificado de inscripción ya puedes contratar el seguro.

¿Un patinete sin certificado también necesita seguro?

Sí. Mientras pueda circular, hasta el 22 de enero de 2027, debe estar inscrito y asegurado.

Fuentes